ConceptoLegalmx
INICIO
Facebook
Youtube
Haz clic AQUÍ y dinos el concepto que NO encontraste. En unas horas lo subiremos!!
Ingresa tu palabra a buscar
LO MÁS LEÍDO
CONFINAMIENTO
Artículo 28 Código Penal Federal
En artículo 28 del Código Penal Federal define al Confinamiento como la obligación de residir en determinado lugar y no salir de él. El Ejecutivo hace la designación del lugar, conciliando las exigencias de la tranquilidad pública con la salud y las necesidades del condenado. Cuando se trata de delitos políticos, la designación la hace el juez que dicta la sentencia.
En términos del artículo 144 del Código Penal Federal, se consideran delitos de carácter político los de rebelión, sedición, motín y el de conspiración para cometerlos.
www.conceptolegalmx.com