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LO MÁS LEÍDO
CREACIÓN INTEPENDIENTE
Artículo 32 Bis Ley de la Propiedad Industrial
En materia de Diseños Industriales, la Creación Independiente es cuando ningún otro diseño industrial idéntico haya sido hecho público antes de la fecha de presentación de la solicitud de registro, o antes de la fecha de la prioridad reconocida. Se considerarán idénticos los diseños industriales cuyas características difieran sólo en detalles irrelevantes.
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