ConceptoLegalmx
Ingresa tu palabra a buscar
LO MÁS LEÍDO
VIOLACIÓN DE INMUNIDAD Y DE NEUTRALIDAD
Artículo 148 Código Penal Federal
De conformidad con el artículo 148 del Código Penal Federal, cometen el delito de Violación de Inmunidad y de Neutralidad quien:
-
-
- Viole cualquiera inmunidad diplomática, real o personal, de un soberano extranjero, o del representante de otra nación, sea que residan en la República o que estén de paso en ella.
- Viole los deberes de neutralidad que corresponden a la nación mexicana, cuando se haga conscientemente.
- Viole la inmunidad de un parlamentario, o la que da un salvoconducto.
- Quien Ataque o emita violencia de cualquier género a los escudos, emblemas o pabellones de una potencia amiga.
-
www.conceptolegalmx.com